La llamada Plataforma Unitaria Democrática (que no es tan unitaria, por ahora, y que deberá probar su espíritu democrático aceptando en su seno diversas agrupaciones hoy ausentes de ella) hizo público su reglamento marco de primarias, con el propósito de seleccionar un candidato presidencial único de la oposición para dichos comicios.
Opinión / jueves 03 de noviembre de 2022
GIOCONDA CUNTO DE SAN BLAS
LA COMISIÓN DE PRIMARIAS Y LOS PRINCIPIOS NOLAN
En medio del marasmo y la desesperanza que ha marcado en tiempos recientes el devenir político nacional, la sordera de la clase política sobre los graves problemas de una ciudadanía exhausta, y las rencillas parroquiales entre líderes de ocasión, uno quiere saludar cualquier iniciativa opositora que apunte a buscar salida honrosa al atolladero en que nos encontramos, al respecto de las elecciones presidenciales pautadas constitucionalmente para el último trimestre de 2024.
Uno
quiere soñar con que esas elecciones representarán un parteaguas hacia un mejor
futuro para el pueblo venezolano, donde prevalezca el espíritu de convivencia,
de pensar y actuar en función de nuestra casa grande y sus habitantes, y así
labrar con esperanza un futuro personal y ciudadano en esta patria herida. Uno
aspira a propiciar cualquier encuentro, aunque tímido, entre las partes en
discordia, sobre la base de un acuerdo mínimo tejido alrededor del punto común:
su fundamental oposición al régimen que nos oprime. Construir sobre esa
realidad es lo que debe unirnos.
Dicho
esto, la aparición de un reglamento sobre elecciones primarias para la
escogencia de un candidato único opositor para las elecciones de 2024 es un
paso en ese sentido. La llamada Plataforma
Unitaria Democrática (que no es tan unitaria, por ahora, y que deberá
probar su espíritu democrático aceptando en su seno diversas agrupaciones hoy
ausentes de ella) hizo público su reglamento
marco de primarias, con el propósito de seleccionar un candidato
presidencial único de la oposición para dichos comicios.
Dicho
reglamento, aprobado el 6 de octubre pasado, consta de 54 artículos, con una
redacción que ha sido tildada de ambigua
y discrecional. El reglamento contiene dos artículos relevantes: el 8,
relativo a las características del candidato a postularse como eventual
abanderado de la oposición en la carrera presidencial; y el 10, que describe
las características de los miembros de la Comisión de Primarias. Para el
primero, se exige entre otras credenciales, una declaración de principios
democráticos. Para el segundo, los integrantes de dicha Comisión deben tener reconocida
solvencia moral e independencia partidista.
Más
allá de palabras bonitas ¿cómo precisar una declaración de principios democráticos?
¿Cómo definir solvencia moral? En este punto vienen a cuento los Principios
Nolan o Standards in Public Life, redactados en 1994 en el Reino Unido por
la comisión presidida por Lord Michael Nolan, bajo el patrocinio del entonces
Primer Ministro John Major, con el objeto de fijar normas indeclinables de
conducta de los funcionarios.
Tales
principios han sido adoptados por numerosos países como norma obligatoria de
conducta en la gestión pública y los propongo no solo a la Plataforma Unitaria
Democrática y a su Comisión de Primarias sino a cualquier grupo político, como
compromiso irrenunciable de los candidatos. Son
los siguientes:
1. Altruismo:
quienes ostentan un
cargo público (ergo, los
funcionarios) deben actuar solamente en términos del interés público.
2. Integridad: los funcionarios no deben ponerse al servicio de
personas u organizaciones que tratan inapropiadamente de influenciarlos en sus
funciones. No deben actuar o tomar decisiones que induzcan a beneficios
financieros o materiales para ellos, sus familias o sus amigos.
3. Objetividad:
los funcionarios
deben tomar decisiones imparciales, basadas en el principio de méritos, usando
la mejor evidencia y sin discriminación o sesgo.
4. Responsabilidad
(Accountability): El funcionario es responsable por las decisiones y
actos que afecten a la sociedad y debe someterse a cualquier tipo de escrutinio
que se considere necesario.
5. Transparencia:
El funcionario debe
tomar decisiones de manera abierta y transparente. La información no debe ser
escondida del público, salvo que haya razones legales para hacerlo.
6. Honestidad:
El funcionario tiene
el deber de declarar cualquier interés privado que pueda guardar relación con
sus actividades públicas y adoptar cuantas medidas sean necesarias para
resolver cualquier conflicto, para salvaguardar el interés público.
7. Liderazgo:
El funcionario deberá
promover y respetar estos principios como modelo en la toma de decisiones. Debe
promover y apoyar estos principios y contrarrestar una conducta inapropiada
donde quiera que ocurra.
Son principios sensatos, aunque a juzgar por nuestra
atropellada historia, nada fáciles de ejecutar. Exijamos a los miembros de la
Comisión de Primarias y a los precandidatos a postularse, la garantía del
cumplimiento de principios como los Nolan en pro de construir un país mejor, un
país decente.
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