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viernes, 13 de abril de 2012

La LOCTI en el banquillo del TSJ

La reciente reforma a la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI), aprobada por la Asamblea Nacional entre gallos y medianoche el 16-12-2010, sin debate ni consulta, en el arrebato final que precedió a la instauración de la nueva Asamblea el 5-1-2011, ha sido sometida al escrutinio de diversos sectores de la vida nacional



Tal Cual


Política / Jueves 25 de agosto de 2011 / p.7




AL COMPÁS DE LA CIENCIA


GIOCONDA SAN BLAS

LA LOCTI EN EL BANQUILLO DEL TSJ



La reciente reforma a la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI), aprobada por la Asamblea Nacional entre gallos y medianoche el 16-12-2010, sin debate ni consulta, en el arrebato final que precedió a la instauración de la nueva Asamblea el 5-1-2011, ha sido sometida al escrutinio de diversos sectores de la vida nacional, en una expresión inédita de interés por el devenir de la ciencia y la tecnología (C y T), que desborda a nuestra reducida comunidad científica.

Son tantas las observaciones de posible inconstitucionalidad de la LOCTI que a estas alturas ya son tres las demandas de nulidad introducidas ante el TSJ. Una de ellas, por el propio presidente de la Comisión de C y T de la Asamblea Nacional, Tobías Bolívar, quien consideró que al violentarse los mecanismos legales de discusión y aprobación de leyes, la LOCTI debía ser declarada nula para reiniciar un proceso apegado a las normas legislativas.

La respuesta del diputado Geovanni Peña, vicepresidente de la comisión, no se hizo esperar: planteando una presunta violación del reglamento de la AN y descalificando la acción como propia de quien sirve de comparsa a la oligarquía, propone la desincorporación del diputado Bolívar. Al mejor estilo chavista, quitar del medio a quien disienta y de paso, dar fe de la transparencia con que se aplica ahora la ley, como nunca antes...

Uno de los puntos más controvertidos de la versión 2010 de la LOCTI se refiere al manejo distributivo del inmenso caudal que genera la aplicación de la ley, que en cálculos muy conservadores no sería menor a un mil millones de dólares.

Mientras la versión anterior (2005) permitía a las empresas decidir el destino final de su aporte en proyectos de su interés, enlazando el sector productivo con los operadores de C y T, la ley vigente cambia este concepto por el de un impuesto a ser manejado por la autoridad única del fondo.

Claro que la LOCTI 2005, por imprecisa, dio lugar a inequidades. Reinversión en sus propias empresas, ausencia deuna cartera de proyectos a ser negociados públicamente por méritos y no individualmente por "cabildeo" o cercanía a la fuente, instituciones oficiales que desviaron sus recursos LOCTI para gastos administrativos ajenos a la actividad científica, fueron algunos de los artilugios que torcieron el espíritu de la ley.

Pero eso podría haberse corregido con una modificación de los respectivos artículos. Cambiar la ley ha significado no sólo canalizar los fondos LOCTI hacia un gobierno que hasta ahora ha dado sobradas pruebas de dilapidador e ineficiente, sino también deshacerse de una visión sistémica del desarrollo científico basada en redes de conocimiento e intercambio, para retrotraerse a un esquema de mecenazgo estatal tradicional, sujeto a una eventual manipulación política del sistema.

Continuaremos con el tópico.

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